miércoles, 9 de julio de 2014

LA ACTUAL POLITICA PERUANA PARA LA TITULACION DE LAS COMUNIDADES ,ES NO TENER POLITICAS

Entrevista a Pedro Castillo, abogado e investigador del CEPES, sobre la situación actual del proceso de titulación de tierras comunales

Pedro Castillo: Actualmente, las políticas para titulación de las comunidades campesinas e indígenas, es no tener políticas. No existe, en la actualidad, una política que indique cómo se va a iniciar la titulación de comunidades. Hay un préstamo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) para realizar el PTRT 3 - Programas de Titulación de Tierras y Catastro Rural -, pero este aún está en pleno diseño.
En enero de 2013, recién se publicó una norma que señala que la rectoría en materia de titulación, incluyendo a las comunidades, la tiene el Ministerio de Agricultura y Riego. Pero, al mismo tiempo, existe una norma que indica que los Gobiernos Regionales son los encargados de titular las tierras. Por ello, es necesario que exista coordinación entre los Gobiernos Regionales y el Minagri, para empezar con la titulación.
¿Cuáles son las principales normas que existen en el Perú para regular el reconocimiento y titulación de las comunidades campesinas e indígenas?
P. Castillo: A diferencia de las políticas que no existen, sí hay normas vigentes, bastante claras, que señalan que es un deber del Estado titular colectivamente a las comunidades. Estas normas datan de la década del 80’ y están vigentes, pero no se aplican. Entonces, el Estado no está ejecutando algo que ellos mismos se obligaron a hacer. Todas las normas vigentes sobre titulación establecen que la titulación de las tierras se debe hacer de forma colectiva y que es una prioridad del Estado Peruano.  
¿Cuáles son las normas más resaltantes en términos de titulación de tierras?
P. Castillo: Para efectos de titulación tenemos, por ejemplo, el Convenio 169 de la OIT, que señala que es un deber del Estado reconocer derechos de posesión y propiedad de los pueblos indígenas; y, además, la Ley de deslinde y titulación del territorio de las comunidades campesinas.
La Defensoría del Pueblo recomendó al Minagri, fortalecer la política para reconocer la titulación de comunidades campesinas e indígenas. ¿Qué es lo que evidencia este pedido de la Defensoría?
P. Castillo: Saludamos el trabajo y el pronunciamiento de la Defensoría del Pueblo sobre esta tarea que el Estado incumple desde hace más de 30 años. Ojala que sea un impulso para que se tome en serio el reclamo de las comunidades campesinas e indígenas de todo el país. Destaquemos dos temas diferentes: uno es el reconocimiento de comunidades y el otro la titulación de comunidades. En el informe de la Defensoría del Pueblo, se señala estas dos problemáticas relacionadas a derechos: el reconocimiento de comunidades y la formalización de sus tierras.
Desde su punto de vista, ¿Cómo se podría fortalecer dicha política?
P. Castillo: Primero, contar con recursos económicos y humanos. Los gobiernos regionales pueden tener toda la voluntad de titular las tierras, pero si no cuentan con personal técnico especializado, no lo van hacer. Lo mismo sucede si no tienen el dinero suficiente. Las políticas para la titulación de tierras, tiene que ir acompañada, necesariamente, de un presupuesto. Es cierto que la titulación cuesta, pero es una deuda que tiene el Estado con las poblaciones que históricamente han sido y son vulneradas. Lo otro, y considero que es importante, es el tema institucional: hay que solucionar el tema de quién titula las tierras. Es cuestión de ordenar el aparato estatal. Considero que esas dos cosas son básicas para haya un proceso de titulación adecuado.
¿Las tierras de las comunidades campesinas deben ser tituladas de forma individual o colectiva? ¿Por qué?
P. CastilloLas normas son clarísimas al respecto. Tanto en normas internacionales y nacionales, el mandato del Estado peruano es una titulación colectiva. No hay ninguna norma legal que sustente que se ingresará a una comunidad para titular individualmente. Solo si la comunidad, de manera autónoma, posteriormente quiere titularse de forma individual, se puede hacer. Pero ese es un tema de la comunidad, es algo posterior. Antes de titular individualmente, se tiene que titular colectivamente, como señalan las normas. Entonces, la titulación, como mandato del Estado hacia las comunidades, tiene que recoger el espíritu colectivo.
¿Cuáles son los principales problemas que se presentarían de titularse individualmente las tierras?
P. CastilloEn términos económicos, tal como está la norma vigente, las tierras de las comunidades campesinas no pagan ningún tipo de impuesto. Si se titula individualmente, el propietario empezará a pagar un impuesto a la municipalidad donde se encuentra.
Una de las ideas que ciertos sectores han “vendido” es que, al titular la propiedad de forma individual, existirá un mayor acceso a créditos bancarios. Sin embargo, hay que decirlo claramente, una institución bancaria no brinda préstamos con solo presentar un título de propiedad. Los bancos brindan el financiamiento si se prueba la capacidad adquisitiva. Por lo tanto, un título de propiedad, no es garantía de acceder a crédito. Obviamente, si no se paga el préstamo se corre el riesgo de perder la propiedad. Es importante tener en cuenta esas variables. Pero si la comunidad decide titularse individualmente, no hay forma de negarse a ello.
Hay ciertas opiniones negativas sobre la titulación comunal. El diario El Comercio es uno de esos críticos y alega que la titulación comunal sería un desperdicio ¿Eso es cierto o no?
P. Castillo: Eso tiene un sustento en discursos políticos como el del “Síndrome del Perro del Hortelano” (planteado por el expresidente Alan García), donde opinan que las tierras de las comunidades son ociosas porque las personas no tienen recursos ni educación para producirlas. Hay toda una corriente política neoliberal y de medios de comunicación que califica lo comunal como nefasto y que lo que debe primar es lo individual. Pero, eso no está probado. En el actual contexto —donde se le da mayor beneficio a actividades extractivas—, una titulación individual va a generar la atomización de la comunidad. Es decir, las empresas mineras van a poder comprar más rápido las tierras que han sido tituladas de forma individual.
Todavía se tiene que finalizar el saneamiento físico legal de muchas comunidades campesinas, un proceso que aún no concluye. ¿En qué consiste este saneamiento físico legal? ¿Cuántas comunidades campesinas e indígenas no tienen este saneamiento?
P. Castillo: De las más de 7 mil comunidades que tenemos en el país, hay un porcentaje bastante alto de títulos imperfectos. No basta tener simplemente un título de propiedad, sino que este debe estar georeferenciado. Hay un gran porcentaje de comunidades que no lo tienen. De las 7, 538 comunidades reconocidas, solo 6,381 han sido tituladas y 1,157 no tituladas.  
Pero, cabe resaltar, que de las 6, 381 comunidades tituladas solo 2,055 han sido georeferenciadas. Si sumamos las comunidades no tituladas, con las que no tienen georeferenciación, nos damos con las sorpresa de que el 72.7% (5,483) de las comunidades no tienen como acreditar su derecho de propiedad. Entonces, al no poseer títulos ni planos catastrales georeferenciados, la propiedad de sus tierras es un derecho inseguro.
¿Cuál sería el principal beneficio que tendrían las comunidades campesinas y nativas si son tituladas?
P. Castillo: Primero, la seguridad jurídica sobre sus tierras; así, tienen una forma de oponerse a cualquier otra actividad que pretenda desarrollarse dentro de su territorio; también tienen una mayor capacidad para negociar. De igual manera, se les reconoce como propietarios, y por lo tanto tienen un revestimiento de legalidad sobre sus tierras. Ese es el mayor beneficio que se puede tener con una titulación comunal.

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