Han pasado diez años desde que explosionó el “Baguazo”, conflicto socioambiental que ocasionó la muerte de más de 30 personas y más de 200 heridos, entre policías, indígenas y población local cerca de la provincia de Bagua Grande, región Amazonas. La Defensoría del Pueblo atribuye el origen de esta tragedia a unos decretos legislativos que el segundo gobierno aprista exigió al Congreso de la República para evitar dialogar con las comunidades sobre los proyectos extractivos en sus territorios. De esta manera se pretendía proceder con los mismos sin ‘dificultad alguna’.
Si bien existe una maduración en la sociedad peruana sobre lo fatal que resulta no informar ni consultar a las comunidades nativas (amazónicas) y campesinas sobre lo que se planea realizar en sus territorios comunales, aún el Estado peruano no ha terminado de comprender.
La Defensoría del Pueblo acaba de revelar que desde la reglamentación en el 2013 de la “Ley del derecho a la consulta previa a los pueblos indígenas u originarios”, se han desarrollado 45 procesos de consulta previa, con información actualizada al 4 de junio de este año. Sin embargo, en ninguno de estos casos se ha consultado algún tipo de estudio de impacto ambiental (EIA) de proyectos relacionados con los sectores hidrocarburos (petróleo) ni minería.
“Los datos de la Defensoría del Pueblo son correctos. Son datos del Ministerio de Cultura. Este es el ente técnico encargado de la implementación de los procesos de consulta previa, pero no lleva a cabo los procesos. Tanto la ley como el reglamento establecen que son las propias entidades del Estado las que están en obligación de señalar cuáles son las medidas”, señala a La Mula el director de la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas del Ministerio de Cultura (Mincul), Gustavo Zambrano.
Son 16 procesos de consulta previa en proyectos en minería y 11 procesos con lotes de hidrocarburos los que se han desarrollado hasta el momento, confirmaron los datos del Mincul. Sin embargo, en ninguno de ellos se ha consultado el EIA.
¿Esto podría abrir la puerta a nuevos ‘baguazos´? En la opinión de la adjunta para el Medio Ambiente, Servicios Públicos y Pueblos Indígenas de la Defensoría del Pueblo, Alicia Abanto, por supuesto que sí significa una apertura a nuevos conflictos.
¿Por qué no consultar durante el EIA origina conflictos?
Según la experta, el EIA define cómo será el proyecto extractivo que se ejecutará en el territorio comunal. “(Detalla) cómo se mitigan sus impactos negativos y cómo se maximizan sus impactos positivos. (…) En ningún caso se da la consulta previa durante el EIA. (…) El momento para dialogar con la población indígena sobre ciertos aspectos del proyecto es durante el EIA porque una vez que se le aprobó se pierde un proceso de búsqueda de acuerdos. Como (la consulta previa) es crucial, hay una tendencia ahora a debilitarlo”, explica.
Si bien no se han realizado los procesos de consulta previa durante el EIA, esto no ha impedido que los proyectos extractivos se ejecuten. De acuerdo con el análisis que realizó el Oficial del Programa de Derechos Territoriales e Industrias Extractivas de Oxfam en Perú, Miguel Lévano el “72% de los procesos de consulta que se han dado responden al sector de energía y minas”.
En 2015 el Ministerio de Energía y Minas (MEM) se adjudicó el poder, bajo una norma sectorial, de dirigir los procesos de consulta previa en proyectos extractivos como los de los sectores hidrocarburos y mineroenergético. Gracias a esa facultad, el MEM ha ‘consultado’ proyectos extractivos, pero en momentos particularmente especiales.
“De esos 45 (procesos de consulta previa) hay algunos que son de minería e hidrocarburos, pero son de los procesos que se hacen de manera muy anticipada al EIA o se hacen después del EIA”, detalla Abanto. Esto fue comprobado por Naciones Unidas, luego que realizó una visita al Perú entre el 10 al 19 de julio.
En su “Informe del Grupo de Trabajo sobre la cuestión de los derechos humanos y las empresas transnacionales y otras empresas”, la misión señala en una de sus conclusiones que “(los procesos de consulta) se lleven a cabo en todas las fases de la adopción de decisiones que puedan afectarles, de conformidad con las normas internacionales relativas a los derechos de los pueblos indígenas, en particular en lo que respecta a su consentimiento libre, previo e informado”.
Además, agrega que se “cree un órgano o institución específica que se encargue de llevar a cabo las consultas con los pueblos indígenas, que sea independiente del ministerio responsable de otorgar las concesiones o de controlar las empresas estatales implicadas”.
¿Quién debería dirigir el proceso de consulta previa?
De acuerdo con la posición de la Defensoría del Pueblo, el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (Senace), adscrito al Ministerio del Ambiente, debe ser el organismo que dirija los procesos de consulta previa en caso de proyectos extractivos como los petroleros y los mineros. De esta manera podrá ejecutar los procesos de consulta previa durante el desarrollo de los estudios de impacto ambiental sin problema.
“Es vital que los ministerios habiliten por decreto supremo a Senace para que pueda hacer la consulta previa durante el estudio de impacto ambiental. El Minam puede habilitar el decreto, pero necesita el apoyo del resto de ministerios (Cultura, Economía, Energía y Minas y otros)”, subraya Abanto.
Para Lévano, el que Senace obtenga esa facultad es complicado. “Como el sector minero es el más importante, define sus procedimientos para hidrocarburos, minería y energía”, anota.
Por su parte, Zambrano del Mincul señala que “la posición que establece la Defensoría del Pueblo es una propuesta, que como otras, están en proceso de evaluación. (…). Hay que evaluar con más tranquilidad. No es tan blanco y negro. Estamos viendo con mayor detalle escenarios y posibilidades. Aún falta mucho por revisar”.
Según Abanto, existe desde el Ejecutivo existe una gran dificultad en delegar la responsabilidad de la consulta previa al Senace porque “el ministerio (de Energía y Minas) quiere tener la consulta previa en su poder. Porque los tomadores de decisión le tienen miedo al diálogo porque eso implica que no podrán hacer todo lo que quieran”. Las comunidades nativas responden conversando con Raúl Lunasco, asesor legal de la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (Aidesep), sobre la posición de las comunidades nativas respecto al no cumplimiento del derecho a la consulta previa durante los estudios de impacto ambiental: “En el Perú tenemos una práctica de ocultar datos y, después en el camino, subsanarlos. Eso pasa con la extracción de recursos naturales. Es una clara vulneración al proceso de consulta previa, es un atentado a la buena fe, que es un pilar fundamental para los pueblos indígenas”.
Además, afirmó que el que no se respete la consulta previa hasta el momento sí tiene que ver con lo que pasó hace 10 años atrás en Bagua (Amazonas). "Encontramos cierta resistencia en el Ejecutivo en cuanto a implementar la consulta previa porque hay un tema de intereses involucrados que afectan a los pueblos indígenas. Pasó en el Baguazo y pasa hasta ahora”, resalta
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